Anticorrupción

Caso Calamar | Revisan hoy coerción a imputados

El Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional conocerá este martes «la revisión obligatoria» a las medidas coercitivas impuestas contra los 20 imputados en la supuesta red de corrupción, que fue desarticulada mediante la Operación Calamar.

El tribunal que es presidido por Patricia Padilla, jueza control de la investigación del caso, convocó a las partes para las 9:00 de la mañana en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

El juzgado de Atención Permanente de esta jurisdicción, dictó 18 meses de prisión preventiva en contra del exministro de Hacienda, Donald Guerrero y del ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta, quienes cumplen la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres y al exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo le fue impuesto arresto domiciliario, garantía económica de 20 millones de pesos, impedimento de salida del país.

Además de Peralta, Guerrero y Castillo, se vincula en el caso al excontralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; el exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.

También a Ángel Lockward, Alejandro Constanzo, Roberto Santiago Moquete, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández, Emir Fernández de Paola, Oscar Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez, Agustín Mejía Á. y Víctor Matías Encarnación, quienes admitieron su participación en la estructura de corrupción.

Acusación

El expediente presentado por el Ministerio Público posee más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los presuntos miembros de la «red Calamar» habrían sustraído más de 17 mil millones de pesos al Estado, los cuales sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas totalizan más de 19 mil millones.

La imputación preliminar del MP en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.

También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Fuente: Hoy

Deja tu comentario

Otros Artículos

Botón volver arriba