Judiciales

Contrataciones Públicas suspende el RPE a más de 80 funcionarios, entre ellos 11 senadores

La institución precisó que las disposiciones no tienen carácter sancionador ni representan medidas punitivas contra los titulares del Registro de Proveedores del Estado (RPE)


Escuchando artículo…

0:00 / 0:00


SANTO DOMINGO. – La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) suspendió de oficio el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de 81 funcionarios electos y designados, entre ellos 11 senadores, como parte de la aplicación de la nueva Ley 47-25 sobre Contrataciones Públicas, que endurece las restricciones para quienes ejercen funciones públicas.

La institución explicó que la medida, ejecutada mediante el acto administrativo núm. DGCP44-2026-002421, responde a la entrada en vigor del nuevo marco legal desde enero de este año, el cual establece un régimen de inhabilidades absolutas para funcionarios electos y designados que mantengan vínculos con empresas proveedoras del Estado.

La DGCP precisó que la suspensión aplicada a los once legisladores, realizada el pasado 30 de junio, no constituye una sanción, sino una disposición de carácter preventivo y administrativo destinada a garantizar el cumplimiento de la Ley 47-25.

El órgano rector destacó que la legislación vigente eliminó la excepción contemplada en la derogada Ley 340-06, que permitía a funcionarios de primer y segundo nivel mantener hasta un 10 % de participación accionaria en empresas contratistas del Estado. Ahora, el artículo 38 de la nueva normativa prohíbe cualquier participación societaria, independientemente del porcentaje, así como el desempeño de funciones de dirección, gerencia o integración en consejos de administración.

La entidad recordó que el pasado 13 de febrero emitió la circular DGCP44-PNP-2026-001, mediante la cual concedió un plazo de 15 días hábiles para que los funcionarios comprendidos dentro de las causales de inhabilidad solicitaran voluntariamente la suspensión de su Registro de Proveedores del Estado. Cumplido ese período, procedió a realizar las suspensiones de oficio, conforme al artículo 69 del Reglamento de Aplicación 52-26.

Asimismo, indicó que las suspensiones son el resultado de procesos rutinarios de verificación, cruces de datos y debida diligencia que realiza la institución para preservar la integridad del Registro de Proveedores del Estado.

La DGCP informó que desde la entrada en vigencia de la Ley 47-25 ha emitido tres actos administrativos —DGCP44-2026-000893, DGCP44-2026-001477 y DGCP44-2026-002424— mediante los cuales se ha ordenado la suspensión de oficio de 81 registros pertenecientes a funcionarios electos y designados.

De igual forma, recordó que entre 2020 y 2025, bajo las disposiciones de la entonces vigente Ley 340-06, fueron suspendidos de oficio 591 Registros de Proveedores del Estado correspondientes a funcionarios de primer y segundo nivel jerárquico, autoridades municipales electas para el período 2024-2028 y sociedades comerciales vinculadas a estos.

Fuente: el Nuevo Diario