Cuando los Derechos se Ignoran y sólo se reacciona a la Extorsión, el caso en la Seguridad Social
Los servidores públicos no están en contra de las conquistas gremiales, toda vez que ha quedado demostrado que en nuestra sociedad se reproduce esa máxima de que “Quien no grita… no mama”. Lo que sí reclaman los servidores públicos es que el Estado respete y aplique el ignorado principio Constitucional de la Igualdad.
No está bien que se ignoren los derechos fundamentales, adquiridos o laborales a los servidores públicos que han laborado por más de 20 años en el Estado y sólo se les preste atención a aquellos “que tienen poder de extorsión”, aquellos que han aprendido a presionar o extorsionar a las autoridades, aprovechando la vulnerabilidad del Estado para mantener en funcionamiento un determinado servicio, en el que mediante paros u otras formas de lucha, se disminuyen o suspenden los servicios para forzar a que las autoridades se vean en la obligación de concederles los reclamos que hacen.
¿El mensaje que las autoridades quieren que los servidores públicos aprendan es que sólo se atienden los reclamos, a quienes lo hacen amenazando la estabilidad, la seguridad, la imagen de tranquilidad o la productividad nacional?
Los servidores públicos, esos que no suelen ser valorados y muchas veces son tratados como lacras, sólo porque ingresaron en una pasada administración del gobierno (claro, si tienen más de 20 años de servicio al Estado, tienen que haber trabajado en varias administraciones), son en realidad servidores públicos y cumplen su función aún en el anonimato y el olvido. Aunque estos servidores públicos sean sometidos a condiciones de discriminación y trato vejatorio, incluyendo la amenaza de cancelarlos en cualquier momento y sin motivo que justifique su despido, y hasta a algunos le han expresado que, si participan en alguna protesta o reclamo, serán cancelados. Lo cierto es, que todos ellos, tienen derechos fundamentales, adquiridos y laborales.
Los servidores públicos reclaman que no se les nieguen sus derechos y que se generalicen los beneficios que se conceden coyuntural o políticamente a los trabajadores públicos de ciertos sectores.
Un ejemplo de discriminación exclusión, favoritismo y franca desigualdad, lo constituye el reciente Decreto 477-23 del 3 de octubre de 2023, el cual como otros que le han precedido, conceden pensiones del Estado a los Médicos que laboran en los Hospitales, concediéndoles condiciones preferenciales, por encima de las establecidas por la Leyes 379-81 y 87-01 y para colmos, esto ocurre mientras a los servidores públicos de todos los demás sectores, incluyendo los Médicos que laboran en funciones administrativas y de dirección, las autoridades del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) continúan retardándoles la aplicación de su propia Resolución mediante la cual reconocieron el derecho que tienen los servidores públicos amparados por la Ley 379-81, a permanecer en el sistema de reparto. El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) no entiende las razones que justifican este retraso, por lo que dan crédito a la versión de muchos servidores públicos que consideran que el CNSS y la Superintendencia de Pensiones están obstaculizando la aplicación de esta Resolución para favorecer los intereses de las AFP, nuevamente en perjuicio los derechos de los servidores públicos.
La discriminación es tal que hasta excluye a los Médicos que laboran en funciones administrativas, así como a otros profesionales del sector salud, tales como las Enfermeras, Psicólogos, Laboratoristas y todos los demás profesionales y técnicos del sector salud y de los servicios de Emergencias, tales como el personal del 911, los Bomberos, el personal de la Defensa Civil, todos los cuales no son considerados en la concesión de estas pensiones privilegiadas, que entre otras concesiones exclusivas para ellos, incluye el sumar los sueldos de las distintas instituciones públicas donde laboraron, cuando a los demás servidores públicos se les pide escoger sólo una por la cual pensionarse. Otra concesión exclusiva para los Médicos es que no se les aplica el obsoleto límite de los ocho salarios mínimos que se siguen aplicándole a los servidores públicos que no tienen poder de extorsión. Así mismo, a los médicos les conceden pensiones por el 100% del sueldo que devengan, mientras a todos los demás servidores públicos se les pensiona con los porcentajes que dice la Ley 379-81, es decir, se les pensionan con un 60%, un 70% o un 80% del promedio de sueldos de los últimos tres años.
Los servidores públicos reclaman que las autoridades dejen de ignorar a los demás trabajadores del Estado, que también contribuyen al bienestar colectivo y que cumple sus funciones con esmero y dedicación.
El MOPESEP considera que las autoridades no se dan cuenta del mensaje que dan a la población, de que de nada sirven los derechos, que lo que da resultado es el poder de extorsión alcanzan quienes reclaman. Las autoridades no se dan cuenta de que están incentivando las protestas con paros, con huelgas y acciones que amenacen la estabilidad de las ciudades y los servicios públicos.
La moraleja que queda de esta amarga situación que viven los servidores públicos es que deben buscar cómo incorporar acciones de lucha que les permitan extorsionar a las autoridades para que sus derechos sean cumplidos.
El gobierno parece no darse cuenta del mensaje que transmiten con sus acciones abusivas para unos y favorecedoras para el sector de la empresa parasitaria insertada para explotar el sistema previsional para su lucro particular, es decir, las AFP, aún condenando a la miseria a miles de servidores públicos que dieron al Estado su vida laboral.
Estregar los montos de pensiones concedidos a los Médicos es un mensaje que transmite una clara señal, no sólo a los servidores públicos sino a toda la población. Las autoridades sólo entienden la extorsión, de lo contrario, el reclamo de los derechos no es tomado en cuenta.
La sociedad dominicana está tomando consciencia y cada vez más entiende que ha sido y seguirá siendo engañada por los legisladores, funcionarios, políticos y, sobre todo, por los empresarios que como lobos disfrazados de corderos se apropian de todo lo que pueden del Estado.
El MOPESEP reclama los siguientes derechos de los servidores públicos:
1.- Permanecer en reparto por estar amparados por las Leyes 379-81 y la 87-01, que aunque ya fue reconocido por el CNSS mediante su Resolución 572-07, su implementación está siendo ralentizada y obstaculizada por la complicidad del propio CNSS y la SIPEN.
2.- Lograr que se obvie o elimine el obsoleto límite de los ocho salarios mínimos que estableció la Ley 379 en el año 1981, tal y como se obvian otros aspectos obsoletos que establece esta Ley, como lo es el que los Ex Presidentes Constitucionales y sus viudas, sean pensionados con una pensión ascendente a dos mil pesos mensuales (RD$2,000.00).
3.- Cumplir lo establecido en la Ley 87-01 en cuanto a que las personas pensionadas disfrutarán del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, que no se está cumpliendo en la actualidad.
Hoy martes, 24 de octubre el MOPESEP ha convocado una Vigilia frente a la Torre de la Seguridad Social para reclamar la ejecución inmediata del derecho a traspaso al sistema de reparto, que fue reconocido por el CNSS en su resolución 572-07, así como que se apruebe la propuesta de Procedimiento presentada por la Comisión Interinstitucional Evaluadora de Reparto, que fue firmada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y cuya remisión no fue firmada por la SIPEN, ni la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones, procediendo la SIPEN a presentar paralelamente una propuesta oculta y que se han negado a dar a conocer.
El MOPESEP considera sospechosa la propuesta unilateral y oculta que la SIPEN ha presentado y advierte al CNSS que analice bien lo que aprueban, porque los servidores públicos no vamos a ceder nuestros derechos y los reclamaremos con acciones que irán escalando hasta lograr el reconocimiento y aplicación de los derechos que les corresponden a los servidores públicos.
El MOPESEP solicita al CNSS que reformule la composición de la Comisión Interinstitucional Evaluadora de Reparto, para que tenga tres miembros con voz y voto, para lo cual se sugiere que se le conceda voto a la DGJP. Los servidores públicos consideran que tener sólo dos instituciones con poder de voto, es un vicio que puede hacer poco funcional a esta Comisión.
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Por Luis Holguín-Veras Martínez
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