Judiciales

Las independientes en limbo para 2028


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Luego de que la comisión especial de la Cámara de Diputados que estudió varios proyectos que buscan regular las candidaturas independientes emitió un informe desfavorable, esas opciones electorales quedan en el limbo de cara a los comicios de 2028.

La comisión alegó que las propuestas presentadas para regular las candidaturas independientes incluido un proyecto presentado por la Junta Central Electoral, chocan con la Constitución de la República.

La decisión de la comisión supone una violación a la sentencia 0788/24. Sobre ese particular, el diputado de La Vega, Rogelio Alfonso Genao, dijo que el Tribunal Constitucional no está para legislar; para eso tenemos el Congreso de la República, compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados”.

Expresó que es la primera vez que en el Congreso se rechaza una sentencia del Tribunal Constitucional, creando con esto un precedente.

El informe no ha sido sometido al pleno de diputados. De hecho, ese tema estuvo en la agenda priorizada del Senado en la pasada legislatura, pero en el ciclo legislativo que inició el pasado 16 agosto, no figura entre los proyectos priorizados.

Sobre ese tema, el expresidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, consideró recientemente que esa sentencia vulnera el sistema de partidos políticos y viola la Constitución de la República. “Eso de las candidaturas independientes como tal, como grupos independientes, como grupos cívicos, eso no existe en la Constitución, eso es hacerle daño a la Constitución”, dijo en una entrevista en Despierta con CDN.

Sostuvo que el problema que ha creado el fallo del TC se puede solucionar eliminando de la ley las candidaturas independientes.

“No estoy de acuerdo con eso porque han existido desde el 1926, y si no hay candidaturas independientes, en la ley no existen en la Constitución, entonces problema resuelto”, apuntó.

La otra fórmula que plantea es encausar las candidaturas con otro criterio. “Diciendo que hay grupos de electores, grupos sociales y cívicos y que son grupos políticos, para esos fines, a eso se le llama en otros países, grupos de electores, porque tienen una finalidad política y tan pronto termina el proceso electoral, desaparecen”, explicó.

La sentencia del Constitucional presenta una nueva redacción de los artículo 156 y 157 de la normativa que está en vigencia desde el 17 de febrero del 2023, para que sean conformes con los preceptos de la Carta Magna, conforme al fallo.

“Podrán ser propuestas candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional, que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos en ocasión a los procesos electorales”, dice la corte que debe decir el artículo 156.

También modifica los requisitos para las candidaturas presidenciales independientes. “Para sustentar candidatura independiente para la Presidencia de la República, se requiere presentar ante la Junta Central Electoral, una organización directiva y un programa de gobierno definido para el período en que hayan de presentarse”, agrega.

Fuente: el Caribe