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Yeni Berenice: el 98 % de las denuncias por difamación provienen de personas de sectores humildes

El Nuevo Código Penal también sanciona el hostigamiento (laboral y escolar) y el ciberbullying


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La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, informó que el 98 % de las cerca de 300 denuncias por difamación que recibe mensualmente el Ministerio Público son interpuestas por personas de sectores humildes y no por funcionarios, políticos o empresarios.

“No son ni políticos, ni empresarios, ni funcionarios”, precisó la magistrada durante un taller de formación sobre el Nuevo Código Penal Dominicano, impartido el pasado martes a periodistas especializados en la cobertura de la fuente judicial.

Reynoso explicó que la mayoría de las denuncias por difamación provienen de conflictos entre ciudadanos.

“Es una vecina que le dijo a la otra que era cornuda o infiel. Esa persona acude a la Fiscalía y la totalidad de los casos suelen conciliarse. Pero hoy está en sede del Ministerio Público porque esa conducta causa un daño”, señaló.

Difamación extorsiva contempla penas de hasta 10 años de cárcel

La procuradora explicó que el Nuevo Código Penal distingue entre la difamación y la difamación extorsiva.

Indicó que la difamación extorsiva contempla penas de cinco a diez años de prisión. Además, al tratarse de un delito cuya pena supera los tres años de cárcel, puede dar lugar al concurso de delitos.

“Si usted está extorsionando a alguien y utiliza como medio de presión la difamación, puede haber concurso con el lavado de activos. El que hace difamación extorsiva. Esta difamación sí hace concurso; la difamación simple, no”, explicó la jefa del Ministerio Público.

Hostigamiento o bullying o intimidación

La magistrada dijo que la Ley 44-26, que modifica el Nuevo Código Penal, establece sanciones para el hostigamiento o intimidación. Aunque el término bullying fue eliminado del texto legal, la conducta continúa siendo castigada.

Comete hostigamiento quien intimide, insulte o incurra en burlas o agresiones verbales; fomente la exclusión o el aislamiento en el ámbito educativo, laboral, social o cualquier otro, con el objetivo de avergonzar, denigrar, asustar, humillar, manipular, aislar, generar inseguridad o entorpecer el normal desenvolvimiento de una persona o grupo de personas.

De acuerdo con el nuevo Código, el hostigamiento será sancionado con 15 días a un año de prisión. En caso de reincidencia, la pena aumentará de uno a dos años de prisión menor, además de una multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.

Hostigamiento agravado

El hostigamiento agravado se configura cuando la conducta se ejerce contra una persona con discapacidad, en condición de vulnerabilidad, un niño, una niña o un adolescente, o cuando conduce a la víctima al suicidio.

En estos casos, la sanción será de cuatro a diez años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público.

Si existe reincidencia, la pena aumentará de 10 a 20 años de prisión mayor y una multa de 20 a 30 salarios mínimos del sector público.

Ciberbullying u hostigamiento cibernético

El Nuevo Código Penal también tipifica el hostigamiento cibernético o ciberbullying.

Comete este delito quien, a través de cualquier medio o plataforma digital, comparta o difunda información personal, fotografías, videos o material íntimo o humillante; o envíe mensajes, correos electrónicos, comentarios o cualquier otra comunicación con contenido amenazante, obsceno, insultante o intimidatorio.

El ciberbullying será sancionado con dos a cinco años de prisión menor y una multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.

Reynoso recordó que el hostigamiento tiene características específicas y que es importante comprender su alcance.

“He escuchado a adultos hablar del bullying. Es cierto que el Código ya no utiliza esa palabra, pero este fenómeno se presenta con frecuencia entre jóvenes, y hemos tenido casos en los que algunas víctimas incluso se han suicidado”, expresó.

El impacto de las redes sociales

La magistrada señaló que el hostigamiento adquiere una dimensión mucho mayor cuando ocurre en plataformas digitales.

“Antes una vergüenza se quedaba en un comentario durante el recreo. ¿Pero qué pasa cuando va a las redes sociales y se vuelve viral? Ya no lo ven solo quienes estaban presentes; lo ven familiares, amigos y miles de personas”, explicó.

Añadió que las leyes deben responder a situaciones reales que afectan a la sociedad.

“La ley no se hace pensando en que todo va a estar bien. Si fuera así, no se necesitaría. La casuística y la vida nos demuestran que estos casos ocurren”, manifestó.

Excepciones para periodistas y medios de comunicación

Reynoso aclaró que el nuevo Código establece excepciones tanto para el hostigamiento cibernético como para el exhibicionismo sexual.

En el caso del exhibicionismo sexual, existe una excepción para las obras artísticas, como una escena de desnudo en una película.

Respecto al acoso u hostigamiento cibernético, el Código dispone que no constituirá delito la difusión de información, opiniones, investigaciones, críticas, reportajes o sátiras realizadas por periodistas, medios de comunicación, comunicadores o ciudadanos en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión, del derecho a la información o del escrutinio social y político sobre asuntos de interés público o relacionados con funcionarios del Estado.

La excepción aplica siempre que el contenido difundido guarde relación con un hecho de relevancia pública y esté sustentado en hechos ciertos y comprobables.

Discriminación también será sancionada

El Nuevo Código Penal Dominicano establece que incurre en discriminación quien otorgue un trato desigual o vejatorio contra una persona por razones de sexo, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal, así como por cualquier otra característica o condición inherente a la persona.

Este delito será sancionado con dos a tres años de prisión menor y una multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.

Fuente: El Día

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