Más de 15,000 presos preventivos causan soprepoblación en cárceles de RD

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RESUMEN
Panorama Justicia. El Informe de las Condiciones de Detención y Prisión de 2025, presentado este jueves por el director de la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP), Rodolfo Valentín Santos, evidencia una de las problemáticas más debatidas en materia penal: el uso excesivo de la prisión preventiva como medida de coerción.
El documento, que alerta principalmente sobre el hacinamiento en las cárceles, que en más de la mitad de los centros penitenciarios del país supera el 100 %, también muestra que esta sobrepoblación responde a la gran cantidad de presos preventivos que cumplen la medida cautelar.
Solo en dos de las 45 cárceles, fortalezas y otros centros que hay en la República Dominicana no hay presos preventivos, mientras que en la mayoría de los lugares estudiados para el informe se precisa que aquellos que cumplen la medida cautelar representan hasta más del 50 % de la población carcelaria.
La coerción no es una condena. De hecho, el propio Código Procesal Penal de la República Dominicana establece en su artículo 222 que «las medidas de coerción tienen carácter excepcional y solo pueden ser impuestas mediante resolución judicial motivada y escrita, por el tiempo absolutamente indispensable y a los fines de asegurar la presencia del imputado en el procedimiento». Es decir, la medida busca que el acusado no abandone el proceso judicial que se sigue en su contra y en el cual se busca establecer su nivel de responsabilidad.
En ese sentido, la referida normativa contiene siete medidas de coerción que se pueden aplicar, según las características de cada caso:
- La presentación de una garantía económica suficiente.
- La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez.
- La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, que informa regularmente al juez.
- La obligación de presentarse periódicamente ante el juez o ante la autoridad que él designe.
- La colocación de localizadores electrónicos, sin que pueda mediar violencia o lesión a la dignidad o integridad física del imputado.
- El arresto domiciliario, en su propio domicilio o en custodia de otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el juez disponga.
- La prisión preventiva.
Y pese a este amplio catálogo, solo se aplica la medida más severa contemplada por la ley, lo que, a su vez, afecta al sistema penitenciario dominicano.
Según el informe, en un total de 45 centros de detención, los presos preventivos representan casi el doble de los condenados, con unos 15 025 cumpliendo medida de coerción sobre 8 156 que guardan condena, que se desglosan de la siguiente manera:
En la Fortaleza Militar 19 de Marzo en Azua, el centro que según el informe es el que tiene el nivel más alto de sobrepoblación con un 787 %, de su población de 204 detenidos, 119 ya están condenados y 85 cumplen prisión preventiva.
Asimismo, en la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género en Santo Domingo los 76 retenidos allí son todos presos preventivos; en la Cárcel Pública de Baní hay 471 condenados y 357 preventivos; y en Operaciones Especiales son 64 los que ya recibieron sentencia condenatoria y 86 los que cumplen coerción.
En la Cárcel Pública de Azúa, la Fortaleza Militar Batalla de Cambronal-Neiba, la Fortaleza Militar General Olegario Tenares-Nagua, el Centro de Privación de Libertad Santiago Rodríguez y el Centro de Privación de Libertad de Pedernales hay 201, 133, 180, 97 y 67 presos preventivos, respectivamente.

El informe continúa con la Cárcel Pública de El Seibo (Hombres), que, con capacidad para 248 detenidos, alberga a unos 323 condenados y 583 masculinos cumpliendo medida de coerción, para una sobrepoblación del 265 %.
De igual manera, las Fortalezas Militares de San Juan, Barahona, Montecristi, Cotuí, San Francisco de Macorís, La Vega, Samaná y Salcedo, todas con niveles de hacinamiento superiores al 140 %, guardan tras sus rejas a 137, 340, 195, 462, 188, 1666, 226 y 89 presos preventivos.
Siendo de este grupo la Penitenciaría Nacional de La Victoria donde más se albergan presos preventivos, con un total de 2 772 preventivos sobre 377 condenados; mientras que en el CCR-XVII Najayo Hombres hay 1 428 masculinos cumpliendo coerción y 867 sentenciados; y en el CCR-XX Najayo San Cristóbal son 559 presos preventivos y 230 cumplen condena.
Si bien el documento indica que unos 19 centros de detención, como el CCR-IX de San Pedro de Macorís, el CCR-VIII Rafey Hombres y el CCR-V Rafey Mujeres, aún cuentan con capacidad, el espacio en las celdas dominicanas es escaso.
De hecho, el propio informe señala que ya no hay espacio en el sistema penitenciario dominicano. Hay una sobrepoblación agravada por una mala distribución y la cantidad excesiva de presos preventivos, que en cifras se ve así: 45 centros de detención, 16 357 celdas y 22 563 privados de libertad, que se dividen en 15 025 presos preventivos y 8 156 condenados.
Fuente: Panorama








