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Jueza asegura fue un desacierto del congreso establecer la prescripción en ley de Extinción de dominio 340-22.

Colombia. DF.
La Jueza Rosa Mateo Álvarez advirtió, ante un congreso internacional en Colombia, que la Ley de Extinción de Dominio 340-22 aprobada en República Dominicana es la más importante iniciativa de lucha contra el enriquecimiento ilícito en el país, pero que tiene vicios de inconstitucionalidad.

La Jueza y catedrática universitaria, Rosa Edalia Mateo indicó que la aprobación y promulgación de la Ley 340-22 , ha sido el gran logro socio jurídico de la última década para el Estado Dominicano, toda vez que la norma constituye, según la exposición de la letrada, un instituto jurídico que tiene como finalidad desestabilizar la estructura económica que sirve como sostén a las operaciones nacionales y transnacionales de los infractores del crimen organizado, quienes mediante su poderío económico pueden extender sus tentáculos a todos los testamentos sociales del país o del extranjero, sean instituciones públicas o privadas, concluyo la expositora.
La jueza titular del tribunal Colegiado de San Cristóbal, Mateo Álvarez, concluyo, sin embargo, en que en el Congreso Nacional se cometió un desacierto al establecer la prescripción en un plazo de 20 años en los procesos de Extinción de Domino.

Tomando como parámetros los motivos de hecho y derecho anterior nos atrevemos asegurar que ha sido un desacierto del legislador dominicano establecer un plazo de prescripción del derecho de propiedad o dominio vinculado a origen ilícito de los bienes, los cuales no pierden esa condición a través del tiempo y por en ende, no debía prescribir la acción, en razón de que contraviene las disposiciones constitucionales dominicanas, los convenios internacionales de los que somos signatario y la norma civil de la nación, de cuyo contenidos se deprende que los actos ilícitos, como los hechos punibles, no deben generar derechos de propiedad a través del tiempo al infractor de la ley penal ni a sus cómplices o asociados en la comisión del crimen organizado, lo que se traduce en el hecho de que el Estado no debe tutelar como legitimo un derecho de propiedad cuyos bienes provengan de un ilícito penal. El ilícito no debe generar derechos infractores de la legislación, concluyó la profesora y jueza Rosa Mateo ante expertos nacionales y extranjeros invitados al conclave internacional celebrado en Colombia sobre Extinción de Dominios.

Según la jueza existe jurisprudencias tanto del Tribunal Constitucional, en República Dominicana, como en Colombia, nación pionera y fuente esencial de la Ley de Extinción de Dominio y Bienes incautados 340-22.
El evento internacional conto con la presencia de los magistrados Gisele Méndez y Rosanna
Vásquez así el presidente de la corporación de Jueces Colombianos Hermens Darío Lara. El acto es organizado por la Fundación Justicia y transparencia que preside el doctor Trujano Potentini y se desarrolló durante cuatro días en la universidad La Gran Colombia de esa nación.

La Federación Dominicana de Fiscales también asistió al evento internacional donde la Jueza Rosa Mateo dejo claro que los 20 años establecidos en la normativa dominicana para perimir los procesos de Extinción contraviene la doctrina que sostiene que lo ilegal no pude generar derechos.

Rosa Mateo puntualizo que ese desacierto del Congreso conmina al Estado a legitimar fortunas levantadas de manera irregular, propiciando de esa manera, además, una competencia desleal en el ámbito empresarial.

Fuente: Info RD

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