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La crueldad con la que reos de La Victoria recibieron a hombre acusado de violar niña en Villa Duarte

SANTO DOMINGO. – Se ha hecho viral en las redes sociales y circula de manera masiva en grupos de WhatsApp un video donde se observa el cruel recibimiento dado por reos de La Victoria a Deybi Alcibíades Rosario Mejía (Careta), acusado de violar una niña de 11 años de edad en el sector Villa Duarte, en Santo Domingo Este.

En el audiovisual se observa cómo Careta es agredido físicamente por sus nuevos compañeros, luego de hacerlo acostarse en el piso desnudo y boca abajo.

Ya en el piso, Careta es obligado a introducirse sus dedos en el ano y luego lo arrastran hasta el centro de la celda, obligándole a quitarse las manos de encima para que los golpes que se avecinaban fueran más directos. El escenario lucía presto para proceder con los fuetes sobre sus espaldas, pero el video se termina.

Durante el proceso se escuchan voces que rezan: “Es tan tigre que se grabó él mismo”, en alusión a que Careta supuestamente hizo videos mientras violaba a la niña, supuestamente para comercializarlos.

Mientras que otro le decía  “cruza los pies, mira palante”.

El pasado 26 de mayo la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso tres meses de prisión preventiva en contra de Rosario Mejía, de 25 años de edad.

La denuncia del caso fue presentada por familiares de la niña el pasado 9 de mayo ante la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de esa demarcación, en la cual se estableció la existencia de vídeos pornográficos colgados en las redes sociales donde supuestamente se ve al imputado en actividades sexuales con la menor de 11 años, cuyo nombre se omite por razones legales.

El órgano persecutor de los delitos ha otorgado al caso la calificación jurídica provisional de violación a las disposiciones contenidas en los artículos 331 y 337 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, y los artículos 12, 13, 14, 15, 16 17, 18 y 396, literal C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, y los artículos 23 y 24 de la Ley 53-07 sobre Delitos de Alta Tecnología.

El Ministerio Público aportó durante la audiencia diferentes pruebas testimoniales, periciales, audiovisuales, procesales y documentales, incluyendo testimonios de varias personas y un informe psicológico forense realizado a la víctima, que establecen la vinculación del imputado con el grave hecho.

 

Fuente: El Nuevo Diario

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