Ministerio Público pide prisión preventiva para Nino Dollar por muerte de dos personas

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RESUMEN
El Ministerio Público solicitó prisión preventiva como medida de coerción contra Carlos José Troche Rodríguez, alias Nino Dollar, imputado por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las heridas ocasionadas a Arianna Michelle Ciprián.
De acuerdo con el expediente, el acusado atropelló a las víctimas en la intersección de las avenidas Abraham Lincoln e Independencia, en el Centro de los Héroes, el pasado 15 de agosto de 2026.
La solicitud fue presentada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional por el director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, junto con los procuradores fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios), y Yesenis Hernández Cabreja.
La audiencia estaba prevista para conocerse este lunes; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a la Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito, que deberá fijar una nueva fecha para el conocimiento de la medida de coerción.
De acuerdo con la instancia del Ministerio Público, el imputado habría violado la luz roja de un semáforo mientras conducía una jeepeta e impactó la motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.
La investigación establece que, después de la colisión, el conductor continuó la marcha, arrastró a las víctimas por la vía y les pasó por encima antes de emprender la huida, según sostiene el órgano acusador.
El Ministerio Público indicó que los elementos reunidos permiten investigar el caso bajo la figura de homicidio agravado en la modalidad de dolo eventual, al considerar que Troche Rodríguez habría aceptado la posibilidad de provocar un resultado gravemente lesivo al desatender una señal de tránsito en una intersección de considerable circulación vehicular y peatonal.
El órgano acusador resaltó que la gravedad de los hechos se refleja en el saldo de dos personas fallecidas y una lesionada, circunstancias que, según indicó, evidencian la magnitud de la afectación ocasionada a bienes jurídicos fundamentales como la vida y la integridad física.
Al caso se le otorgó de manera provisional la calificación jurídica de violación al artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que instituye el Código Penal Dominicano, conforme informó el Ministerio Público.
El artículo citado establece sobre los atentados culposos contra la vida: “Quien por torpeza, imprudencia, inadvertencia o negligencia cause u ocasione la muerte a otro será sancionado con dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.
En su párrafo I señala: “Quien a sabiendas de las consecuencias que puedan derivar de su torpeza, imprudencia, inadvertencia, inobservancia o negligencia, provoque la muerte de una persona, será sancionada con la pena de prisión de tres a cinco años y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.
FUENTE: N DIGITAL.






