Viejo, mi querido viejo: La discriminación vial detrás del decreto 6 -19

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RESUMEN
El Decreto 6-19 establece que los ciudadanos mayores de 65 años deben renovar su licencia de conducir cada dos años, en contraste con los cuatro años permitidos para quienes tienen menos de 64. Esta distinción ha sido calificada como arbitraria y discriminatoria, ya que no toma en cuenta la capacidad individual de cada persona, vulnerando así el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución Dominicana. Además, la medida tiene implicaciones humanitarias significativas, ya que muchos adultos mayores dependen de sus vehículos para realizar actividades esenciales como asistir a citas médicas, comprar medicamentos y mantener conexiones sociales. La restricción no solo afecta su movilidad, sino que también puede tener consecuencias emocionales severas, como depresión y aislamiento, especialmente en un contexto donde muchos enfrentan la soledad.
- El Decreto 6-19 limita la vigencia de licencias de conducir a dos años para mayores de 65 años.
- Esta medida es considerada discriminatoria y vulnera el derecho a la igualdad.
- Afecta la autonomía y movilidad de los adultos mayores, quienes dependen de la conducción.
- Puede provocar consecuencias emocionales graves, como depresión y aislamiento.
- Se hace un llamado al Gobierno para reconsiderar esta imposición y respetar la dignidad de los mayores.
El Decreto 6-19 en la República Dominicana limita la vigencia de las licencias de conducir a dos años para mayores de 65 años, lo que ha generado críticas por considerarse discriminatorio y una carga burocrática. Esta medida afecta la autonomía de los adultos mayores, quienes dependen de la conducción para su movilidad y bienestar.
Por: Lic. Julio A. Ledesma, jurista y analista social
La sociedad dominicana se encuentra en un punto de inflexión donde la modernización administrativa parece haber colisionado de frente con la dignidad humana. Bajo el título de una canción que evoca nostalgia y respeto, «Viejo, mi querido viejo», me veo en la obligación profesional y moral de analizar una medida que, lejos de organizar el tránsito, desorganiza la vida de quienes más protección merecen: nuestros adultos mayores.
El Decreto 6-19, en su artículo 21, establece una distinción que lacera el ordenamiento jurídico y la sensibilidad social. Al limitar la vigencia de la licencia de conducir a solo 2 años para los ciudadanos que superan los 65 años, frente a los 4 años otorgados a los menores de 64, el Estado no solo impone una carga burocrática, sino que institucionaliza una forma de exclusión.
El perfil jurídico: Una violación a la Carta Magna
Desde la óptica del derecho, esta medida es, por definición, arbitraria e irracional. La Constitución de la República Dominicana es clara en su Artículo 39, que consagra el derecho a la igualdad, prohibiendo cualquier tipo de discriminación por razones de edad.
Reducir el tiempo de vigencia de un documento público basándose estrictamente en un número cronológico, sin mediar una evaluación médica individualizada que justifique la incapacidad, vulnera el principio de legalidad. Se está castigando la longevidad. El derecho a la renovación en igualdad de condiciones debe ser la norma, y cualquier restricción debería ser la excepción basada en criterios técnicos, no en una barrera generacional impuesta por decreto.
El plano humanitario: De la necesidad al aislamiento
Más allá de los códigos, debemos observar la realidad material y emocional de nuestros mayores. Para una persona de 65 años o más, conducir un vehículo no es un lujo; es un instrumento de supervivencia y autonomía.
Muchos de nuestros adultos mayores enfrentan hoy la «soledad del nido vacío» o la pérdida de parejas, hermanos e hijos. En este escenario, el vehículo es el único puente que los conecta con el mundo exterior. Es su medio para:
Asistir a citas médicas recurrentes.
Adquirir medicamentos esenciales en la farmacia.
Abastecerse de alimentos en el supermercado.
Mantener el poco tejido social que les queda visitando a amigos contemporáneos.
Para aquellos que no tuvieron la oportunidad de tener hijos o cuyos familiares han emigrado, el Estado dominicano, con este obstáculo, parece intentar sepultarlos en la soledad y el aislamiento.
El trauma emocional y sus consecuencias
No podemos ignorar el impacto psicológico. Al restringirles un derecho fundamental de movilidad de manera tan diferenciada, se les envía un mensaje estatal de «inutilidad».
Este trauma emocional, derivado de una decisión cruel e inhumana, puede conducir a cuadros depresivos severos e incluso, en casos extremos, al suicidio. Sentirse segregado por el sistema que debería protegerlos es un golpe devastador a la salud mental de una población ya de por sí vulnerable.
Económicamente, la medida es un abuso. Obligar a una población con ingresos fijos o pensiones limitadas a costear renovaciones el doble de veces que el resto de la ciudadanía es una inequidad que no resiste el más mínimo análisis de justicia social.
Reflexión final al Gobierno
Hago un llamado enérgico a las autoridades y al Gobierno Central para que reconsideren esta imposición. Gobernar no es solo emitir decretos; es garantizar que cada norma respete la dignidad de la persona humana.
Es urgente desistir de esta imposición arbitraria y devolver a los adultos mayores el derecho de igualdad que manda la Constitución. No permitamos que la burocracia se convierta en el verdugo de la independencia de nuestros padres y abuelos.
El Estado debe ser un facilitador de vida, no un arquitecto del aislamiento.
Hagamos justicia con quienes ya lo han dado todo por nuestra nación. Que la vejez sea una etapa de respeto, no una condena de renovación constante ante una ventanilla fría que ignora el valor de la experiencia.





