La Enseñanza de la Constitución en las Universidades
Entiendo que principal deber de un ciudadano es conocer de las normas y reglas que rigen una determinada sociedad, es aquí donde adquiere mayor relevancia el tema que nos ocupa y es la enseñanza de la Constitución en los Centros de Educación Superior.
Como es muy conocido y discutido la Constitución Dominicana en su Articulo 63, numeral 13 establece que “con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica”, es en ese tenor que tanto el Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TCRD) y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) aunaron esfuerzos para que este mandato imperativo de la nuestra Carta Magna, hoy sea una verdadera realidad, logrando para mayor efectividad una resolución con unanimidad de votos del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCYT) que establece la enseñanza de la constitución en las instituciones de educación superior de nuestro país.
Lo precedentemente expuesto constituye un gran logro a corto, mediano y largo plazo, debido a la que enseñanza de la constitución en los centros educativos permitirá que tengamos ciudadanos conocedores de sus deberes y derechos, del funcionamiento de sus instituciones, de todo el entramado de los Poderes del Estado, pero sobretodo hombres y mujeres más comprometidos con el desarrollo integral de nuestra sociedad.
Además, el conocer las normas constitucionales es imperiosamente fundamental, ya que los futuros profesionales tendrán una mejor formación cívica, estarán comprometidos con la promoción de instituciones, valores prácticas democráticas, se fomentará en ellos un pensamiento crítico, se afianzará en ellos la idea de la construcción de la identidad nacional y por vía de consecuencias tendremos en un futuro no muy lejano ciudadanos más conscientes de sus derechos, deberes y responsabilidades, capaces de participar activamente en la vida democrática y comprometidos con la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
Cabe destacar y precisar, al final de este artículo, que de las veinticinco (25) universidades dominicanas que se comprometieron a implementar la asignatura de Educación Constitucional en sus planes de estudios, menos de cinco (5) lo han hecho, es en ese sentido que hacemos un llamado tanto al Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TCRD) como al Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) para que estén atentos y vigilantes ante la aplicación de la precitada ordenanza.
*El autor es abogado, politólogo, diplomático e internacionalista.
Por Elic Fernández Carrera*
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